jueves, 21 de octubre de 2010

"OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES"

Obligaciones de los Trabajadores



Las principales obligaciones de los trabajadores con base al Artículo 63 del Código de Trabajo, además de las contenidas en otros artículos del Código, en sus reglamentos y en las leyes de previsión social, son: 
  1. Desempeñar el servicio contratado bajo la dirección del patrono o de su representante, ...
  2. Ejecutar el trabajo con la eficiencia, cuidado y esmero apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos.
  3. Restituir al patrono los materiales no usados y conservar en buen estado los instrumentos y útiles que se les faciliten para el trabajo. Es entendido que no son responsables por el deterioro normal ni por el que se ocasione por caso fortuito, fuerza mayor, mala calidad o defectuosa construcción.
  4. Observar buenas costumbres durante el trabajo.
  5. Prestar los auxilios necesarios en caso de siniestro o riesgo inminente en que las personas o intereses del patrono o de algún compañero de trabajo estén en peligro, sin derecho a remuneración adicional.
  6. f) Someterse a reconocimiento médico, sea al solicitar su ingreso al trabajo o durante éste a solicitud del patrono, para comprobar que no padecen alguna incapacidad permanente o alguna enfermedad profesional, contagiosa o incurable; o a petición del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, con cualquier motivo.
  7. Guardar los secretos técnicos, comerciales o de fabricación de los productos a cuya elaboración concurran directa o indirectamente, con tanta más fidelidad cuanto más alto sea el cargo del trabajador o la responsabilidad que tenga de guardarlos por razón de la ocupación que desempeña, así como los asuntos administrativos reservados, cuya divulgación pueda causar perjuicio a la empresa.
  8. Observar rigurosamente las medidas preventivas que acuerden las autoridades competentes y las que indiquen los patronos, para seguridad y protección personal de ellos o de sus compañeros de labores, o de los lugares donde trabajan;
  9. Asimismo, el Artículo 64. hace referencia a las prohibiciones de los trabajadores, siendo las principales:
    1. Abandonar el trabajo en horas de labor sin causa justificada o sin licencia del patrono o de sus jefes inmediatos.
    2. Trabajar en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas estupefacientes o en cualquier otra condición anormal análoga.
    3. Usar los útiles o herramientas suministrados por el patrono para objeto distinto de aquel a que estén normalmente destinados.
    4. Portar armas de cualquier clase durante las horas de labor o dentro del establecimiento, excepto en los casos especiales autorizados debidamente por las leyes, o cuando se trate de instrumentos cortantes, o punzo cortantes, que formen parte de las herramientas o útiles propios del trabajo; y
    5. La ejecución de hechos o la violación de normas de trabajo, que constituyan actos manifiestos de sabotaje contra la producción normal de la empresa.

miércoles, 20 de octubre de 2010

"LEY FEDERAL DEL TRABAJO"

establece condiciones mínimas para el trabajo en
¿Cuándo y cómo debe pagarme mi patrón en
México?
Tu patrón debe pagarte por lo menos el salario
mínimo diario. Este salario lo determina cada
año la Comisión Nacional de Salarios Mínimos
con base en el costo de la vida. El salario
mínimo varía en las diferentes regiones. Llama
a la oficina de la Secretaría del Trabajo de tu
localidad para saber cuál es el salario mínimo
diario en donde trabajas.
Si trabajas tienes derecho a:
• Recibir por lo menos un salario mínimo
diario por tu trabajo.
• Recibir tu salario en efectivo y en el lugar
de tu trabajo; semanalmente en caso de que
desempeñes un trabajo material o
quincenalmente si realizas otro tipo de
trabajo.
¿Hay un límite al número de horas que mi
patrón puede pedirme que trabaje por
semana?
Sí. Tu patrón sólo puede pedirte que trabajes las
horas de la jornada de trabajo.
¿Qué es la jornada de trabajo?
• La jornada de trabajo son las horas que
tendrás que trabajar para tu patrón.
• La jornada de trabajo es de ocho horas
diarias.
• Si trabajas parte del día y de la noche
(jornada mixta), la jornada es de 7
• Si trabajas por la noche la jornada es de
7 horas.
• Tienes derecho a un día de descanso por cada
seis días de trabajo.
¿Qué sucede si trabajo más horas de lo
normal?
Si tu patrón te hace trabajar más de la jornada
normal de trabajo, tienes derecho al pago de
horas extra.
• Tienes derecho a que se te pague extra por las
horas extra trabajadas.
• El pago por el tiempo extra que trabajes será
el doble de lo fijado para las horas normales.
• Si trabajas más de
nueve horas extras
a la semana, tu
patrón debe
pagarte triple por
cada hora de más,
a partir de la
décima.
Los trabajadores del campo tienen los mismos
derechos que otros trabajadores. Además, gozan
de otros derechos especiales establecidos en la
Ley Federal del Trabajo.
Pide que te den por escrito las condiciones de
trabajo
En ningún caso las condiciones de trabajo
pueden ser inferiores a las fijadas por la ley.
Es importante que estén por escrito. Cuando las
condiciones de trabajo están por escrito, esto se
llama un contrato y deberá incluir:
• El nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado
civil, domicilio (tuyos y del patrón).
• Si vas a trabajar por obra, tiempo
determinado, o por tiempo indeterminado.
• El tipo de trabajo que vas a realizar.
• El lugar o lugares donde tienes que
presentarte a trabajar. Las horas de tu jornada
(nunca más de ocho horas).
• Cómo y cuánto te van a pagar (nunca menos
del salario mínimo).
• Día y lugar de tu pago.
• Días de descanso.
• Vacaciones.
• La indicación de que serás capacitado o
adiestrado según los planes y programas
establecidos o que se establezcan en la
empresa.
¿Puede quedarse mi patrón con una parte del
dinero que me paga?
Tu patrón sólo puede retener dinero de tu
salario por ciertas razones. Cuando esto ocurre,
el dinero que retiene se llama deducción.
Si ganas el salario mínimo sólo podrán
descontarte de tu sueldo si:
• Tienes que pagar pensiones alimenticias
decretadas por un juez.
• Pagas abonos para cubrir un préstamo del
INFONAVIT (órgano de financiamiento para
la adquisición de vivienda de los
trabajadores).
• Pagas renta por tu vivienda, no mayor al 10%
de tu salario.
• Pagas abonos al FONACOT (órgano de
financiamiento para la adquisición de bienes
y servicios de los trabajadores).
Si ganas el salario mínimo, tu patrón pagará la
totalidad de tus cuotas del IMSS.
Si ganas más del salario mínimo, se aplica lo
anterior más:
• Pago de deudas contraídas con tu patrón si te
dio un anticipo de tu sueldo. La cantidad no
podrá ser mayor del importe del salario de un
mes.
• Pago de cuotas para la caja de ahorro.
• Pago de cuotas sindicales.
• Pago de cuotas al IMSS (seguro social).
• Impuestos.
¿A qué se destinan las contribuciones al Seguro
Social?
Las cuotas que se pagan al Instituto Mexicano
del Seguro Social (IMSS) se destinan a diversas
prestaciones como el seguro por incapacidad, la
atención médica y el seguro de retiro.
¿Tengo derecho a una bonificación anual?
Sí. Los trabajadores en México tienen derecho
a un bono de fin de año llamado aguinaldo.
El aguinaldo es un dinero que vas a recibir en
diciembre.
Tu patrón te dará por lo menos:
• 15 días de tu salario por el presente año
trabajado, o
• La parte proporcional que te corresponda
si llevas menos tiempo en tu trabajo.
¿Tengo derecho a tomarme días libres?
Sí. Los trabajadores en México tienen derecho
a días de descanso.
• Por cada seis días que trabajes tienes derecho
a un día de descanso.
• Si trabajas en tu día de descanso tu patrón
tiene que pagarte el doble de tu sueldo.
• Por lo general el día de descanso es el
domingo. Si tu día de descanso no es el
domingo tu patrón deberá pagarte un 25% más
de tu sueldo por tu trabajo del domingo.
¿Tengo derecho a vacaciones y días festivos
pagados en México?
Sí. Por cada año de trabajo tienes derecho a seis
días de vacaciones y tu patrón te pagará tu sueldo
completo.
Durante los siguientes años podrás aumentar dos
días cada año hasta llegar a 12 días de vacaciones.
Por cada cinco años adicionales que trabajes para
el mismo patrón, tienes derecho a dos días más de
vacaciones.
Días de vacaciones a los que tienes derecho
Año 1 6 días
Año 2 8 días
Año 3 10 días
Año 4 12 días
De 5 a 9 años 14 días
De 10 a 14 años 16 días
De 15 a 19 años 18 días
De 20 a 24 años 20 días
De 25 a 29 años 22 días
También tienes derecho a una prima vacacional.
Además de tu sueldo completo, tu patrón te tiene
que dar el 25% del sueldo que recibes durante
esas vacaciones. A esto se le llama prima
vacacional.
Tienes derecho a que se te pague por los días
de descanso obligatorio, los cuales son:
• Año Nuevo (1 de enero).
• Día de la Constitución (5 de febrero).
• Natalicio de Benito Juárez (21 de marzo).
• Día del Trabajo (1 de mayo).
• Día de la Independencia (16 de septiembre).
• Día de la Revolución (20 de
noviembre).
• Día de la Toma de
Posesión del Presidente
de la República (1 de
diciembre de cada seis
años).
• Navidad (25 de diciembre).
¿Tengo derecho a que me paguen más entre
más tiempo trabaje para el mismo patrón?
Sí. Tienes derecho a lo que se conoce como prima
de antigüedad.
• Es el dinero extra que mereces por el tiempo
que tienes trabajando para el mismo patrón.
• Tienes derecho a la prima de antigüedad
si eres trabajador de planta y tienes 15 años
o más al servicio de un patrón.
• Consiste en el pago de 12 días de salario por
cada año trabajado.
• Tendrás derecho a la prima de antigüedad
cuando dejes de trabajar, ya sea porque
renunciaste y tengas 15 años o más de
antigüedad, o porque te despidieron justificada
o injustificadamente. También pueden
reclamarla tus familiares después de tu muerte.
Los trabajadores agrícolas que trabajen durante
tres meses continuos o más con un mismo patrón
serán considerados trabajadores de planta.
¿Tengo derecho a recibir una parte de los
ingresos de mi patrón en caso de que la
empresa termine el año con ganancias?
Sí. La Ley Federal del Trabajo te da derecho
a recibir el llamado reparto de utilidades.
Si has trabajado más de 60 días para un mismo
patrón durante el año anterior tienes derecho
a una parte proporcional de las ganancias de tu
patrón.
¿Qué otras condiciones mínimas debo
conocer?
• Toda empresa está obligada a proporcionar
a los trabajadores habitaciones cómodas
e higiénicas. Para dar cumplimiento a esta
obligación, las empresas deberán aportar al
Fondo Nacional de la Vivienda 5% de los
salarios de los trabajadores a su servicio.
• Tienes derecho a que te den clases para que
puedas hacer mejor tu trabajo, a esto se le
llama capacitación.
• Necesitas capacitación sobre todo si vas
a aplicar pesticidas u otros químicos peligrosos.
¿Es legal que mi patrón me trate mal?
No. Tú mereces un buen trato en el trabajo.
Ni tu patrón ni su familia te deben molestar
o hacerte sentir mal.
¿Tengo que comprar mis propias herramientas
de trabajo?
No. Cuando tus herramientas ya no sirvan,
tu patrón deberá reponértelas o repararlas sin
costo alguno para ti.
Si voy a trabajar lejos del centro de trabajo,
¿tengo que pagar el transporte?
No. Si el lugar donde trabajas está a 100
kilómetros o más del lugar donde vives, el patrón
deberá pagar tu transporte hasta tu trabajo,
cuando el patrón te contrata para prestar tus
servicios en otro lugar distinto al de tu residencia,
con la intención de que te traslades
definitivamente a dicho lugar.
Lo mismo sucederá cuando por cualquier
situación se termine tu contrato y tengas que
regresar a tu lugar de origen.
¿Qué más debe proporcionarme mi patrón?
Es importante que sepas que tu patrón tiene
la obligación de inscribirte en el Instituto
Mexicano del Seguro Social (IMSS) para contar
con los beneficios de las prestaciones que otorga:
• Por enfermedad ordinaria: atención médica,
medicinas y hospitalización para ti, tu esposa,
tus hijos o tus padres, en su caso.
• En caso de que sufras un accidente de trabajo,
atención médica y medicinas, sin costo para ti.
• Servicio de guardería para tus hijos.
Si un accidente de trabajo te impidiera laborar,
se te pagará tu salario íntegro hasta que sanes.
¿La ley me protege si mi patrón me despide?
Sí. Tu patrón sólo puede despedirte por ciertas
razones.
Si tu patrón te despide sin motivo, tienes derecho,
a tu elección, a que se te reinstale en el trabajo
que tenías o a que te indemnice con tres meses de
salario y la prima de antigüedad correspondiente.
Tu patrón podría negarse a reinstalarte: porque
trabajaste con él menos de un año; porque estás
en contacto directo y permanente con él; porque
eras trabajador de confianza, empleado doméstico
o porque tu trabajo era eventual. En esos casos,
deberá pagarte las indemnizaciones siguientes:
• Tres meses de salario y los salarios vencidos.
Puedes recibir más, dependiendo del tiempo
que hayas trabajado para el patrón.
• Si tu contrato es por tiempo determinado
y trabajaste menos de un año, la
indemnización es igual a la mitad del tiempo
trabajado.
• Si tu contrato es por tiempo determinado
y trabajaste más de un año, la indemnización
es de seis meses de salario por el primer año
y veinte días por cada año extra.
• Si el trabajo era por tiempo indeterminado,
la indemnización será de 20 días de salario por
cada año de trabajo.
1/2 horas.
México.
Estas normas determinan los salarios mínimos,
las horas extra, las deducciones legales al salario,
el pago de liquidaciones y los permisos de
trabajo por incapacidad o de otro tipo.
Los trabajadores extranjeros, incluidos los que
no tengan un permiso de trabajo válido, tienen
los mismos derechos que los trabajadores
mexicanos.
La Ley Federal del Trabajo

"LEY FEDERAL DEL TRABAJO"


jueves, 14 de octubre de 2010

Relacion entre Etica, Ciencia yTecnologia .

Relacion entre Etica, Ciencia yTecnologia

Los cambios tecnológicos son experimentos sociales que requieren proyección y control social. Sus actores, los profesionales de la ciencia y la técnica, precisan de una mentalidad y una visión social que necesita ser educada. Esta educación debería fundarse en la idea de que ciencia y tecnología son procesos sociales, y no verdades y aparatos al alcance de todos.
Los problemas sociales aquí tratados, aunque no son los únicos, nos permiten concluir que sólo una nueva concepción de la sociedad basada en principios humanistas, que sustente su desarrollo en una esmerada educación de sus profesionales, traerá consigo un conjunto de normas a seguir que podría resultar en nuevos códigos de ética profesional.
Las TI deben contribuir a crear el futuro, tarea que sólo compete al hombre, de manera que se pueda optar por un porvenir
alternativo de paz, justicia y progreso social y no poner fin a la aventura humana.

domingo, 3 de octubre de 2010

"Derrumbe en Chiapas"

Al menos 12 personas murieron, 16 resultaron lesionadas y cuatro están desaparecidas debido al desgajamiento de un cerro ubicado en el poblado de Amatán, en el estado mexicano de Chiapas (sureste).
El presidente de México, Felipe Calderón, indicó en su sitio de Twitter que el gobernador estatal, Juan Sabines, confirmó los decesos, heridos y desaparecidos en el alud,y dijo que ya se está enviando ayuda.
La Dirección de Protección Civil estatal indicó que el derrumbe ocurrió esta madrugada en un lugar ubicado en la comunidad de Reforma y Planada, en la zona serrana de Chiapas.
Los heridos fueron trasladados a un hospital cercano al sitio del derrumbe ocurrido en una región cercana al estado de Tabasco.
Según los primeros reportes, el percance dejó a un número indeterminado de viviendas afectadas.
Brigadas de rescate del Ejército mexicano y civiles se dirigen al lugar de los hechos, en el norte de Chiapas y a unos 600 kilómetros al sureste de la Ciudad de México.

"La tecnoética"

 La tecnoética es la especialidad de la ética que se ocupa de las implicaciones morales de las aplicaciones de la técnica. En los últimos años, la ética ha experimentado un giro muy interesante hacia lo que se ha dado en denominar "ética aplicada". Así, han surgido áreas de investigación como la ética de la ciencia y de la técnica: ética de la biología o bioética, ética de la salud, ética de la computación, ética de los negocios, ética de la comunicación, etc. Sin duda alguna, muchos de estos campos de investigación han aparecido como consecuencia de los avances tecnológicos y de los cambios sociales (por ejemplo, el descubrimiento del genoma humano, el uso de embriones para la producción de células madre, la rápida difusión de la informática y de Internet com herramientas de comunicación y de almacenamiento de datos, el auge de los medios de comunicación de masas y su conversión en negocio millonarios, etc.). Una aplicación ética directamente relacionada con la ética de la técnica es la ética medioambiental y también la reflexión ética sobre los derechos de los animales (por ejemplo, la polémica sobre experimentación con animales de laboratorio).

miércoles, 29 de septiembre de 2010

"Resumen de Pelicula"

RESUMEN DE LA PELÍCULA:

trata acerca de una joven programadora informática llamada Angela Bennet, cuya especialidad es la detección de virus y anomalías en los sistemas. Ella se ve envuelta en una compleja situación de corrupción por parte de una empresa distribuidora de softwares antivirus llamada “Sistemas Gregg”.
Gracias a un compañero y amigo del trabajo, ella descubre un programa que permitía acceder a bases de datos secretas, burlando cualquier sistema de protección.
Luego de tomarse unas vacaciones en Méjico, ella descubre que su vida se encuentra en peligro y que su identidad había sido robada y reemplazada por la de Ruth Marx.
Resulta muy interesante observar como todo un sistema de redes rige nuestras vidas. Aquí observamos, como gracias a un programa antivirus instalado en distintas organizaciones y empresas, sus creadores tienen acceso a información confidencial, hasta el punto de poder manipular esta información. Llega un punto en el que gracias a este programa, la identidad de Angela Bennet es robada, se cambian sus antecedentes penales, lo que provoca que ella sea buscada por la policía. También observamos como irrumpen en instituciones bancarias, haciéndolas quebrar, ingresan a páginas del gobierno e intervienen la economía y política según su conveniencia.